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Spanish Social Security Disability FAQ

P. ¿Soy elegible para recibir beneficios del Seguro Social por Incapacidad?
R. Si usted ha trabajado suficientes años y ya no puede trabajar por una incapacidad física o mental, usted puede que tenga derecho a recibir beneficios del Seguro Social por Incapacidad.

Antes de que usted pueda recibir beneficios del Seguro Social por Incapacidad usted tiene que demostrar que ha trabajado un total de diez años y que ha trabajado por lo menos cinco años de los últimos diez. Trabajadores jóvenes pueden recibir beneficios mostrando menos años de trabajo.

P. ¿Cómo se determina que estoy Incapacitado?
R. Uno es considerado Incapacitado si la evidencia médica demuestra que su condición física o mental no le permite hacer ninguna clase de trabajo. Para ser elegible la condición física o mental tiene que durar un año o resultar en muerte.

P. ¿Mi familia tiene derecho a beneficios por mi incapacidad?
R. Generalmente, sus hijos menores de dieciocho años también pueden recibir beneficios.

P. ¿Cuánto dinero recibiré del Seguro Social por mi incapacidad?
R. Sus beneficios mensuales depende de cuanto usted ganaba cuando usted trabajaba.

P. ¿Por cuanto tiempo puedo recibir los beneficios del Seguro Social por incapacidad?
R. Usted puede recibir beneficios durante el tiempo que usted permanezca incapacitado. Usted tiene derecho a recibir beneficios hasta que pueda volver a trabajar o alcance la edad de jubilación.

P. ¿Cuándo debo aplicar para recibir beneficios del Seguro Social por incapacidad?
R. Como el proceso de aplicación puede tomar mas de un año, mientras más pronto aplique es mejor. En la mayoría de los casos, los beneficios no comenzaran hasta el sexto mes de la incapacidad.

P. ¿Cómo puedo aplicar por los beneficios del Seguro Social?
R. Usted puede iniciar el proceso al llamar gratis a la oficina del Seguro Social al: 800-471-4878. Usted también puede aplicar en persona en la oficina más cercana en su vecindario.

P. ¿Puedo recibir Medicare?
R. Automáticamente, dos años después que la Administración del Seguro Social le encuentre elegible para recibir beneficios del Seguro Social, usted será matriculado para recibir Medicare.

P. ¿Qué debo hacer si me niegan los beneficios del Seguro Social?
R. Usted tiene derecho a una audiencia ante un juez de la Administración del Seguro Social. El Juez tomara su testimonio y decidirá su caso. Si el Juez le niega los beneficios usted tiene el derecho a apelar la decisión.

P. ¿Puedo aplicar o asistir a una audiencia sin un abogado?
R. Si, pero las estadísticas demuestran que personas sin representación legal tienen menos probabilidad de obtener los beneficios que reclamantes que tienen accesoria legal.

SI USTED SABE SUS DERECHOS USTED SERA MAS UTIL A SU DOCTOR Y ABOGADO EN PRESENTAR SU RECLAMO Y OBTENER BENEFICIOS DE UN JUEZ DE LA LEY.